La Norma Oficial Mexicana 035-STPS-2018, establece los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo, con obligaciones diferenciadas por el número de trabajadores en cada uno de ellos: donde laboran hasta 15 trabajadores, entre 16 y hasta 50 empleados y donde trabajan más de 50 personas.

La NOM-035-STPS-2018 entra en vigor en dos etapas

La primera comenzó a partir de hoy 23 de octubre de 2019, fecha a partir de la cual los centros de trabajo deben cumplir con la política, las medidas de prevención, la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información.

En la segunda etapa que será el 23 de octubre del 2020, se deberá cumplir con la identificación y análisis de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control, la práctica de exámenes médicos y los registros.

Factores de riesgo psicosocial, identificación, análisis y prevención

Los factores de riesgo psicosocial que se evalúan y analizan son: las condiciones del ambiente laboral, cargas de trabajo, control sobre el mismo, jornadas que exceden lo establecido en la ley, interferencia en la relación trabajo - familia, liderazgo y relaciones negativas, violencia laboral. Los trabajadores también tendrán la obligación de observar las medidas de prevención y en su caso de control, abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.

Implementación

Su implementación se orienta a la prevención de factores de riesgo psicosocial mediante mecanismos que favorecen un entorno laboral saludable.

La capacitación será parte importante para implementar la NOM-035 ya que permite la sensibilización de los colaboradores en las dos etapas del proceso:

I. Planeación.- Establecer objetivos, programas de sensibilización y prevención y evaluación. 

II. Implementación.- Medidas para mejorar el entorno laboral, programas de sensibilización, evaluación e instalación de mecanismos de queja. 

¿Su centro de trabajo se encuentra preparada para cumplir?

A partir del 23 de octubre de 2019 las empresas deben cumplir con:

  • Evidencia documental de que se establece, implementa y mantiene una política de prevención de riesgos psicosociales.
  • Evidencia documental de que difunde en el centro de trabajo la política de prevención de riesgos psicosociales.


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